Formulas de protección ante un posible despido
La situación de un trabajador dentro de la empresa puede verse reforzada ante un posible despido en los siguientes casos: 1º. Reducción de jornada por guarda legal de menores, discapacitados o familiares que no puedan valerse por sí mismos. Se contempla en el art. 37.6 del Estatuto. En este caso, sólo se podría despedir por causas disciplinarias pues en caso contrario el resultado sería despido nulo. 2º. Maternidad y paternidad. Protección en el empleo hasta que el bebé cumpla 9 meses. 3º. Permisos de adopción y lactancia. 4º. Salir elegido como delegado de personal o formar parte del comité de empresa. En este caso si el despido es por actuaciones sindicales es radicalmente nulo. En caso de despido objetivo tienen preferencia de permanencia frente al resto de trabajadores. En estos casos la diferencia principal frente al resto de trabajadores es que el despido puede declararse nulo, y el resultado sería la reincorporación del trabajador en su puesto de trabajo con el abono de los salarios de tramitación. En caso de ser representante de los trabajadores, tendrían la opción de elegir entre readmisión o indemnización.
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!